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Durísima denuncia contra la titular de ANSES por un millonario beneficio a Cristina Kirchner


La funcionaria Fernanda Raverta fue apuntada por presunta violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad. La denuncia fue presentada por la abogada Silvina Martínez.
IMAGEN ILUSTRATIVA


-Este lunes se conoció una denuncia penal contra la titular de ANSES, Fernanda Raverta. A la funcionaria la acusan de violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad por favorecer a la vicepresidenta Cristina Kirchner con la restitución de sus pensiones. En concreto, advierte que se dispuso el pago de la pensión como expresidenta y como viuda del expresidente Néstor Kirchner cuando aún la causa no se resuelve judicialmente.

"La decisión de la ANSES de restituir el beneficio a la vicepresidenta, encontrándose un recurso de apelación interpuesto por la propia ANSES en la causa judicial, perjudica los intereses del Estado, ya que implica la erogación de una importante suma de dinero para Fernández de Kirchner", sostiene la denunciante Silvina Martínez. En concreto, la pensión como expresidenta es de  $375 mil pesos y la de viuda ronda los $280 mil, pero también reclama el retroactivo cercano a $100 millones que dejó de percibir estos años.

En concreto, Martínez recuerda que en el año 2019 se realizó un proceso administrativo que le retiraba a Cristina Kirchner la pensión que cobraba como viuda desde el año 2010 y la de expresidenta que había tramitado en 2015. Si bien Cristina Kirchner interpuso una demanda por nulidad de esas suspensiones y el juez Ezequiel Pérez Nami le dio la razón en una sentencia de diciembre del 2020, Martínez asegura que aún no se resuelve la apelación que incluso fue presentada por la propia ANSES.

Según la denunciante, la ley 24018 aclara que la pensión como viuda deja de percibirse cuando se cuenta con otra pensión, en este caso como expresidenta. "El artículo 4 de dicho cuerpo legal establece que si se produjera el fallecimiento el derecho se extenderá a su viuda. Y esto es lo que ocurrió en el año 2010 con el fallecimiento del Dr. Néstor Kirchner. Ahora bien, el artículo 5 de la misma ley prescribe que la percepción de esta asignación es incompatible con el goce de TODA jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho de los interesados a optar por aquella o por estos últimos beneficios", explica.

-Justamente, ANSES apeló el fallo del juez Nami fundándose en ese mismo punto, pero a pesar de esa apelación y sin que exista una resolución judicial sobre la misma, la titular de ANSES Fernanda Raverta dispuso restituir el beneficio a Cristina Kirchner.


Para Silvina Martínez esta decisión "perjudica los intereses del Estado, ya que implica la erogación de una importante suma de dinero". "En este caso, intencionalmente se perjudicaron los intereses del estado para beneficiar a la vicepresidenta de la nación, dictaminando de modo contrario a las previsiones legales como también a la postura del organismo explicitada en la causa judicial antes referenciada", esgrime la denunciante.

"Por su parte, el organismo no aplica el mismo criterio con el resto de los jubilados y pensionados quienes deben litigar años con motivo de los sucesivos recursos de la ANSES hasta que con suerte la justicia les reconozca su derecho", adhiere.

Para Martínez todos los funcionarios involucrados incurren "el delito previsto por el art. 248 del Código Penal que reprime con prisión e inhabilitación especial, al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".

"Asimismo, su conducta podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 249 (violación de los deberes de funcionario público). La acción consiste en omitir, rehusar hacer, o retardar algún acto propio de las funciones. Se trata de un delito de pura omisión. La consumación tiene lugar con el acto omisivo, sin necesidad de que se produzca consecuencia alguna". agrega.

fuente:MDZ