Anses: quiénes cobran hoy, miércoles 1 de septiembre
-Hoy comienza el pago con aumento a jubilados y pensionados de acuerdo al calendario de pagos previsto por Anses para el mes de septiembre. Este mes los beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social recibirán incrementos en sus haberes. Se trata del tercer aumento que el organismo da este año, que intenta responder a las necesidades de jubilados, pensionados y titulares de diversas asignaciones.
Muchos mantenían la esperanza de que el organismo dirigido por Fernanda Raverta otorgara un nuevo Ingreso Familiar de Emergencia (IFE4) o un bono de $15.000, pero ninguno de esos beneficios llego a concretarse. Por eso, a pesar de que no alcanza a la inflación, el aumento en los haberes fue bien recibido por los beneficiarios de Anses.
Este miércoles 1 de septiembre comienza a ejecutarse el nuevo calendario de pagos del organismo. Se pagarán las pensiones no contributivas cuyos titulares tengan documentos acabados en 0 y 1. Los beneficiarios de dichas pensiones verán un incremento del 12,39% en sus haberes de acuerdo a la Ley de Movilidad 27.609.
De esta forma, el mínimo pasa de $23.064 a $25.922. Y también se actualizó la jubilación máxima, de $155.203 a $174.433.
Otras asignaciones que se actualizaron por la aplicación de la ley fueron la Asignación Universal por Hijo (AUH), que pasó a ser de $5063, Igual a la Asignación Universal por Embarazo (AUE). El mismo aumento, 12,39%, también impacta sobre las asignaciones por nacimiento, adopción y matrimonio.
-Quiénes pueden ser titulares de una pensión no contributiva de Anses
Anses tiene tres tipos de pensiones no contributivas, montos destinados a personas que no poseen recursos económicos ni acceso al trabajo formal. Las mismas se otorgan por invalidez, a madres de 7 hijos y por vejez.
Pensión no Contributiva por Invalidez
Está destinada a personas que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral.
Requisitos para recibir la PNC por invalidez:
- Ser menor de 65 años
- Ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país)
- No percibir otros beneficios del Estado
- No estar empleado en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista
- No poseer ingresos o bienes a tu nombre que permitan tu subsistencia. Este requisito será extensible a tu grupo familiar
- No tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo
- No estar detenido a disposición de la justicia.
Pensión no Contributiva para madres de 7 o más hijos
Este beneficio de Anses es inembargable y vitalicio. En caso de fallecimiento de la titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino incapacitado o los hijos menores de edad o incapacitados (sin límite de edad).
Para recibirla es requisito ser argentina o naturalizada y haber vivido al menos un año en el país. Las extranjeras pueden solicitarla si vivieron en Argentina durante 15 años.
También es requisito no ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional. Para tener derecho a la prestación, el cónyuge o concubino de la solicitante puede ser beneficiario de un régimen previsional, pero no puede ser titular de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez de carácter no contributivo.
Pensión no Contributiva por vejez
La misma se otorga a personas mayores de 70 años que no poseen cobertura previsional. El monto será equivalente al 70% de un haber mínimo. Los beneficiarios deben ser argentinos nativos residentes en el país. También pueden recibirla extranjeros naturalizados que hayan vivido en Argentina al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud y extranjeros que hayan residido en el país durante al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
Ni el titular de la PNC por vejez ni su cónyuge deben recibir jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión; Tampoco la reciben quienes poseer bienes, ingresos o recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente.
En el caso de un matrimonio, la PNC por vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
FUENTE:MDZ ONLINE