En navidad, tablets gratis para AUH: ¿quiénes pueden acceder?

La entrega de tablets gratis por ENACOM se suma en paralelo a otros beneficios otorgados por Anses y el Gobierno para titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) entre otros beneficiarios durante diciembre en visperas de las fiestas de Navidad y Año Nuevo

Imagen Ilustrativa

-El Ente Nacional de las Comunicaciones (Enacom) entrega tablets gratis y lo oficializó a través del Boletín Oficial la incorporación de jóvenes de entre 15 a 25 años al programa "Conectando con Vos" compatibles con titulares de la Asignación Universal por Hijo ( AUH).

Otro beneficio que fue confirmado en diciembre fue el bono de $8.000 para jubilados que es entregado por la Administración Nacional de Seguridad Social ( Anses), que además podrán recibirlo  la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables.

Tablets para más personas

La ampliación de la entrega de tablets establece que titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo (AUE), jubilados, pensionados de , monotributistas y estudiantes alcanzados por las Becas Progresar son compatibles para recibirlas.

Tables gratis de Enacom: ¿ quiénes acceden?

Destinatarios

a) Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo ( AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE), como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años, y miembros de su grupo familiar(padre/madre, cónyuge/conviviente).

b) Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

c) Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

d) Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

-e) Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

f) Usuarios y usuarias que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años) Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

h) Usuarios y usuarias que perciban una beca del programa Progresar.

i) Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

 j) Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISÉIS(16) y DIECIOCHO (18) años) Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley N° 27.098.

l) Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley N° 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha Ley.

m) Entidades de Bien Público definidas por la Ley N° 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

n) Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto N° 459/2010 y sus modificatorios.

o) Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), creado por el Decreto N° 358/2017.

p) Jóvenes incluidos en programas Nacionales, Provinciales o Municipales de apoyo educativo, revinculación educativa, ya sea en el nivel medio, escuela para adultos, terciaria, universitaria u otra de gestión Estatal.

q) Jóvenes inscriptos en escuelas de formación laboral o de cursos de capacitación laboral y/o de oficios acreditados ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

r) Jóvenes beneficiarios de los Programas de promoción de empleo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

s) Jóvenes que participen de proyectos culturales, deportivos, sociales, entre otros, impulsados por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y/o Municipales

Tablets gratis inscripción

  • No es necesario, ya que Enacom evaluará el pedido y asignará las tablets según la disponibilidad de equipos. Cada beneficiario recibirá una tablet.

El Ministerio de Educación evaluara quienes son los beneficiarios y beneficiarias del Programa Conectar Igualdad y les enviará los dispositivos solicitados.

Cuando los beneficiarios reciban la tablet deben firmar un contrato de adhesión.

En total, el  Enacom destinará 140.000 dispositivos, los que tendrán que contar con la firma de un contrato de adhesión por parte de los beneficiarios al momento de su entrega.

Actualizar datos para posible evaluación socioeconómica

  • Desde Mi Anses con el CUIL y la Clave de Seguridad Social en anses.gob.ar
  • Informar y actualizar los datos personales y familiares en caso de ser necesario.

Fuente: Baenegocios