Desempleados cobran $25.254 por última vez en octubre: consultá si accedés

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La administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) brinda el último pago para beneficiarios del Fondo de Desempleo. En tanto, el organismo entrega los últimos haberes para jubilados y pensionados junto al bono de $7.000 o $4.000.

Además, se mantienen activas las inscripciones para acceder al bono de $45.000 o Refuerzo Alimentario para personas de entre 18 y 64 años sin ingresos formales.

Mientras tanto, la Secretaría de Energía actualizó los montos correspondientes al Programa Hogar, un plan que otorga garrafas a personas que no pueden acceder a un servicio de gas natural.

Fondo de Desempleo Anses

Se trata de un acompañamiento monetario destinado para trabajadores asalariados registrados que fueron despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.

Esto permite que perciban un monto mensual, conservar la obra social y mantener el cobro de las asignaciones familiares, en caso de que corresponda.

Prestación por  Desempleo: montos

El monto mínimo para octubre de la Prestación por  Desempleo quedó en $15.153, mientras que su valor máximo alcanza los $25.254. En tanto, el próximo aumento será en noviembre y tendrá los siguientes montos:

  • $16.083 (valor mínimo)
  • $26.805 (valor máximo)

Mi Anses: todo lo que tenés que saber

Fondo de Desempleo: quiénes no pueden acceder

Entre los que no pueden obtener el beneficio serán desempleados que:

  • Perciban prestaciones previsionales.
  • Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia excombatiente del Atlántico Sur.
  • Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
  • Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
  • Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.
  • Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando la trabajadora o el trabajador dejan de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.
  • Pertenezcan a los regímenes de Trabajo Agrario, Servicio doméstico, Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal o Establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.

-Fondo de Desempleo: requisitos 

  • Encontrarte en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a
  • Para trabajadoras y trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Para trabajadoras y trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • La trabajadora o trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
  • La trabajadora o trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

En el caso de cumplir con los requisitos y contar con la documentación solicitada, se debe ingresar en el siguiente link

Prestación por Desempleo: fechas de pago octubre 2022

Ya cobraron:

  • Documentos finalizados en 0 y 1: lunes 24 de octubre
  • Documentos finalizados en 2 y 3: martes 25 de octubre 
  • Documentos finalizados en 4 y 5: miércoles 26 de octubre
  • Documentos finalizados en 6 y 7: jueves 27 de octubre

Quedan por cobrar:

  • Documentos finalizados 8 y 9: viernes 28 de octubre

Fondo de Desempleo: cómo saber si cobro

Para saber si cobrás el Fondo por Desempleo, se deberá ingresar a "Mi Anses" con CUIL y Clave de la Seguridad o consultar tus fechas de cobro en este sitio.

El beneficio se mantiene vigente por seis meses como máximo.

FUENTE : BAENEGOCIOS