Cuándo cobro AUH ANSES: calendario de pagos de febrero completo

-

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) inicia este miércoles con el calendario de pagos de febrero 2023 para los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Además, los beneficiarios de AUH reciben diferentes extras y beneficios que se abonan junto al pago de la prestación, tales como: los montos de Prestación Alimentar (ex Tarjeta Alimentar)Plan 1000 díasAsignación por Cuidado de Salud Integral, entre otros.

-AUH ANSES: cuándo cobro en febrero 2023

  • DNI terminados en 0: miércoles 8 de febrero
  • DNI terminados en 1: jueves 9 de febrero
  • DNI terminados en 2: viernes 10 de febrero
  • DNI terminados en 3: lunes 13 de febrero
  • DNI terminados en 4: martes 14 de febrero
  • DNI terminados en 5 y 6: miércoles 15 de febrero
  • DNI terminados en 7 y 8: jueves 16 de febrero
  • DNI terminados en 9: viernes 17 de febrero

ANSES: ¿quiénes cobran la Asignación Universal por Hijo?

Las personas que pueden cobrar AUH son aquellas que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Los progenitores deben estar desocupados, o ser trabajadores no registrados (sin aportes), o ser trabajadores del servicio doméstico.
  • Los hijos o hijas no deben tener trabajo ni estar emancipados ni recibir alguna de las prestaciones previstas en la ley de asignaciones familiares.
  • Los hijos y sus progenitores deben ser argentinos y residir en el país. Si son extranjeros o naturalizados, deben tener dos años de residencia en el país.
  • Se debe cumplir con los controles sanitarios y de vacunación de los hijos hasta los cuatro años de edad. Desde los cinco y hasta los 18 años, además de los controles de salud, se debe probar que concurren a establecimientos educativos públicos.

¿Quiénes pueden cobrar AUH?

Esta asignación sólo la puede cobrar las siguientes personas:

  • Uno de los progenitores de la persona menor.
  • El tutor de la persona menor.
  • El curador de la persona con discapacidad.
  • El pariente por consanguinidad hasta el tercer grado de la persona menor (tíos, primos).

La persona que cobre la asignación debe tener a su cargo al menos de edad.

FUENTE:AMBITO

-