Aumento en las Asignaciones Familiares ANSES: ¿cuáles son los nuevos valores?
-La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) publicó en el Boletín Oficial los nuevos valores de las asignaciones familiares que rigen a partir de este mes, con un aumento del 17,04%. Estos aumentos se establecen de acuerdo a una modificación en la Ley 27.160 de Regímenes de Asignaciones Familiares que iguala el tope de ingresos para percibir las asignaciones al piso del Impuesto a las Ganancias.
Además, la resolución aclara que la percepción de un ingreso superior a $404.062 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, excluye al este último del cobro de asignaciones, aún cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingreso
Asignaciones Familiares ANSES: nuevos valores
El organismo que dirige Fernanda Raverta establece los siguientes cambios:
Asignaciones de Pago único:
- Asignación por nacimiento: será de $13.364
- Asignación por adopción: de $79.919
- Asignación por matrimonio: de $20.012
Además, los ingresos de grupos familiares (IGF) deberán ser de hasta $808.124 en los tres casos.
Asignación prenatal y para hijo:
- $11.465 para ingresos familiares hasta $177.554;
- $7.732 para ingresos entre $157.554,01 y $260.403;
- $4.675 para IGF entre $260.403,01 y $300.645;
- $2.410 para ingresos de entre $300.645 y $ 808.124.
s de $808.124.
-Hijo con discapacidad:
- $37.336 para IGF hasta $ 177.554;
- $26.411 para ingresos entre $177.554,01 y $260.403;
- $16.688 para ingresos más altos.
La ayuda escolar anual será de: $9.609 por hijo para IGF hasta $808.124; y también en el caso de hijo con discapacidad, pero sin tope de ingresos.
Cambios en las asignaciones ANSES: ¿a quiénes beneficia?
Esta medida es de carácter permanente. Es decir que, ante cada actualización que tenga el piso por el cual se comienza a tributar el Impuesto a las Ganancias, también se actualizará el tope hasta el cual se perciben las siguientes Asignaciones Familiares:
- Trabajadoras/es en relación de dependencia.
- Personas que cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadoras/es monotributistas.
- Trabajadoras/es de temporada.
- Trabajadoras/es rurales.
- Personas que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra.
- Personas que cobren una Pensión No Contributiva por Invalidez o asignación por trasplante.
- Titulares de jubilaciones y pensiones.
-