Desempleados cobran $25.254 por última vez en octubre: consultá si accedés
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La administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) brinda el último pago para beneficiarios del Fondo de Desempleo. En tanto, el organismo entrega los últimos haberes para jubilados y pensionados junto al bono de $7.000 o $4.000.
Además, se mantienen activas las inscripciones para acceder al bono de $45.000 o Refuerzo Alimentario para personas de entre 18 y 64 años sin ingresos formales.
Mientras tanto, la Secretaría de Energía actualizó los montos correspondientes al Programa Hogar, un plan que otorga garrafas a personas que no pueden acceder a un servicio de gas natural.
Fondo de Desempleo Anses
Se trata de un acompañamiento monetario destinado para trabajadores asalariados registrados que fueron despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.
Esto permite que perciban un monto mensual, conservar la obra social y mantener el cobro de las asignaciones familiares, en caso de que corresponda.
Prestación por Desempleo: montos
El monto mínimo para octubre de la Prestación por Desempleo quedó en $15.153, mientras que su valor máximo alcanza los $25.254. En tanto, el próximo aumento será en noviembre y tendrá los siguientes montos:
- $16.083 (valor mínimo)
- $26.805 (valor máximo)
Mi Anses: todo lo que tenés que saber
Fondo de Desempleo: quiénes no pueden acceder
Entre los que no pueden obtener el beneficio serán desempleados que:
- Perciban prestaciones previsionales.
- Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia excombatiente del Atlántico Sur.
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.
- Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando la trabajadora o el trabajador dejan de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.
- Pertenezcan a los regímenes de Trabajo Agrario, Servicio doméstico, Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal o Establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.
-Fondo de Desempleo: requisitos
- Encontrarte en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a
- Para trabajadoras y trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Para trabajadoras y trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- La trabajadora o trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
- La trabajadora o trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.
En el caso de cumplir con los requisitos y contar con la documentación solicitada, se debe ingresar en el siguiente link
Prestación por Desempleo: fechas de pago octubre 2022
Ya cobraron:
- Documentos finalizados en 0 y 1: lunes 24 de octubre
- Documentos finalizados en 2 y 3: martes 25 de octubre
- Documentos finalizados en 4 y 5: miércoles 26 de octubre
- Documentos finalizados en 6 y 7: jueves 27 de octubre
Quedan por cobrar:
- Documentos finalizados 8 y 9: viernes 28 de octubre
Fondo de Desempleo: cómo saber si cobro
Para saber si cobrás el Fondo por Desempleo, se deberá ingresar a "Mi Anses" con CUIL y Clave de la Seguridad o consultar tus fechas de cobro en este sitio.
El beneficio se mantiene vigente por seis meses como máximo.
FUENTE : BAENEGOCIOS